RECONVERSIÓN LABORAL
PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA RECONVERSIÓN LABORAL
Los trabajadores interesados tienen un plazo máximo de dos (2) años para acogerse de manera voluntaria a los Programas de Beneficios financiados con aportes obligatorios por parte de los armadores (“Fondo de Incentivos para la Reconversión Laboral y Promoción de MYPEs – FONCOPES”)
Busca favorecer la reinserción laboral de los beneficiarios en otras actividades económicas, a través de capacitaciones en carreras técnicas de tres (03) años como máximo. Los cursos serán dictados en instituciones educativas especializadas y financiados por los titulares de permisos de pesca.
Los beneficios que incluye este Programa son:
- Bonificaciones por renuncia voluntaria equivalente a 2.25 remuneraciones mensuales por cada año trabajado con el último empleador, sujeto a un tope de 18 remuneraciones mensuales.
- Capacitación en carreras técnicas para facilitar la reinserción en otros sectores productivos, la misma que por su naturaleza no genera una relación de índole laboral.
- Entrega de subvenciones económicas mensuales durante el período de capacitación hasta por un máximo de 2 años equivalente al 20% de la remuneración mensual del trabajador antes de la renuncia.
- Asesoría para la reinserción en el mercado laboral hasta por un máximo de 3 años.